1. NUEVOS CONCEPTOS DE VIOLENCIA: EL DELITO DE SEXTING COMO PARTE DE OTRAS CONDUCTAS DELICTIVAS
NEW CONCEPTS OF VIOLENCE: SEXTING AS A PART OF OTHER CRIMES
Deborah García Magna
Profesora de Derecho penal
Universidad de Málaga
RESUMEN
El uso de las nuevas tecnologías se ha generalizado, dando lugar a la aparición de nuevos riesgos relacionados con la creciente tendencia a compartir información personal en redes sociales. El titular de los datos puede perder el control sobre ellos, especialmente cuando la información se publica o comunica a un tercero. El delito de sexting se ha incorporado recientemente al Código Penal español entre los delitos contra la intimidad, aunque en realidad puede formar parte de comportamientos más complejos que ya se tipificaban de manera autónoma (chantaje, pornografía infantil, acoso sexual, embaucamiento de menores, contra la integridad moral, etc.). Tras un análisis del estado de la cuestión desde un punto de vista criminológico y dogmático, y como parte de un estudio más amplio, se llama la atención sobre la necesidad de revisar la redacción del precepto, los supuestos a los que debería aplicarse y algunas pautas para una interpretación restrictiva.
PALABRAS CLAVE
Sexting, código penal español, reforma legislativa, víctimas vulnerables, concepto de violencia
2. EL DELITO EN LA AGENDA DEL PERIODISMO TELEVISIVO EN COSTA RICA
THE CRIME OF THE AGENDA OF TELEVISION JOURNALISM IN COSTA RICA
Giselle Boza Solano
Investigadora CICOM
Universidad de Costa Rica
RESUMEN
En este artículo se analiza un corpus de noticias sobre delito publicadas en los dos más importantes noticiarios de la televisión costarricense, Telenoticias-Canal 7 y Repretel-Canal 6, durante el mes de marzo de los años 2018 y 2019, con el objetivo de dar una mirada a la importancia del fenómeno criminológico en la selección y jerarquización de la agenda informativa de los medios y la tematización en la discusión pública.
PALABRAS CLAVE
Delito, periodismo, medios de comunicación, agenda, criminología mediática
3. A GRANDES MALES… (O DE LA COLABORACIÓN CON LA JUSTICIA EN LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA)
DO “DESPERATE DISEASES” NEED “DESPERATE REMEDIES”? (ABOUT COOPERATION WITH JUSTICE IN ORGANIZED CRIMINALITY)
Jesús Martín Muñoz
Abogado penalista
Rodríguez Ramos Abogados
RESUMEN
El presente trabajo se centra en el análisis de un instrumento de combate de la criminalidad organizada como fenómeno de violencia colectiva: las cláusulas que atenúan o excluyen el reproche penal para el delincuente que colabora con la Justicia. Se trata de dar nuestra opinión acerca de si el objetivo político-criminal se está persiguiendo de una manera respetuosa con los fines de la pena en el Estado social y democrático de Derecho.
PALABRAS CLAVE
Crimen organizado, teoría de la pena, Estado social y democrático, comportamientos postdelictivos, atenuación o exención.
4. LA CONSOLIDACIÓN DE LA IMPRESCRIPTIBILIDAD EN LAS VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS EN EL ORDENAMIENTO ARGENTINO: DE WILDE A FUENTEALBA
THE CONSOLIDATION OF THE IMPRESCRIPTIBILITY ON HUMAN RIGHTS VIOLATIONS IN THE ARGENTINE LEGAL ORDER: FROM WILDE TO FUENTEALBA
Manuel L. Ruiz-Morales
Personal docente e investigador en formación
Universidad de Cádiz
RESUMEN
El presente trabajo trata el problema de las vulneraciones graves de los derechos humanos cometidas por parte de funcionarios estatales en Argentina, que obligan al Estado a investigar y sancionar el asunto, a fin de no recaer en responsabilidad internacional, aun cuando en no pocas ocasiones los hechos han quedado y quedan impunes.
Para cumplir el objetivo principal de esta comunicación, en primer lugar se procede a desarrollar un análisis jurisprudencial de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que versan sobre el particular, toda vez que la República Argentina conforma el sistema interamericano de protección de los derechos humanos y las resoluciones de la Corte de San José forman parte del acervo jurídico argentino. En este contexto, se observará cómo dicho tribunal internacional rechaza cualquier mecanismo que excluya la responsabilidad penal, declarando –en cierto modo y en ciertas circunstancias- la imprescriptibilidad de las violaciones de los derechos humanos cometidas por agentes del Estado, como consecuencia del incumplimiento estatal del mencionado deber de investigar.
Finalmente, se examinan las soluciones aportadas dentro del ordenamiento interno por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación –máxima instancia judicial de Argentina- en los casos de la Masacre de Wilde y, más recientemente, en el caso Fuentealba, que siguen la línea de los postulados de la Corte Interamericana.
PALABRAS CLAVE
Imprescriptibilidad – Violaciones de Derechos Humanos – Sistema Interamericano de protección de los Derechos Humanos – Argentina – Agentes estatales
5. EL CASTIGO PENAL DEL SECESIONISMO. ESPECIAL REFERENCIA AL DELITO DE REBELIÓN
THE CRIMINAL PUNISHMENT OF SECESSIONISM. SPECIAL REFERENCE TO THE CRIME OF REBELLION
Juan Carlos Sandoval Coronado
Profesor Contratado Doctor de Derecho penal
Universidad de Alicante
RESUMEN
El pluralismo político es un principio que está reconocido en la Constitución española, y que garantiza la libertad para defender cualquier pensamiento político, de modo que, de forma individual o colectiva, se puede pretender legítimamente modificar o, incluso, sustituir por otro el orden constitucional democrático. No obstante, esta amplia libertad política tiene un límite: el respeto de los principios y valores democráticos. Este límite se ha plasmado también en el Código penal, ya que la finalidad de declarar la independencia de parte del territorio del Estado es castigada como rebelión en la medida que se emplee un alzamiento público y violento. Con todo, la interpretación de la violencia en la rebelión se ha mostrado —especialmente a la luz del conflicto soberanista en Cataluña— como una labor muy compleja. La comunicación lleva a cabo una revisión crítica de tal interpretación y propone soluciones tanto de lege lata, como de lege ferenda.
PALABRAS CLAVE
Delito de rebelión; violencia; orden constitucional
6. VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES QUE EJERCEN CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR EN ECUADOR
POLITICAL VIOLENCE AGAINST WOMEN EXECUTING CHARGES OF POPULAR ELECTION IN ECUADOR
Rita Ximena Gallegos Rojas
Docente
Universidad Internacional del Ecuador
Angie del Cisne Cuenca Becerra
Estudiante
Universidad Internacional del Ecuador
Nase Gerónimo Nuninga Wachapá
Estudiante
Universidad Internacional del Ecuador
RESUMEN
El presente trabajo tiene como finalidad analizar ¿Cuáles son las manifestaciones de la violencia política contra las mujeres que ocupan cargos de elección popular en Ecuador?, por cuanto, históricamente las mujeres no han sido consideradas sujetas de derechos y mucho menos ciudadanas, estando excluidas de la vida política y pública. Sin duda que la condición de ciudadanas, a través del sufragio y la adopción de políticas de acción afirmativa permitieron el ingreso a espacios políticos. Lograr una representación equitativa e igualitaria de las mujeres en el acceso y participación en asuntos públicos es un gran desafío que se encuentra latente en muchos países, debido a que las mujeres sufren violencia política, que constituye una grave violación a sus derechos humanos así como una forma de discriminación. La metodología empleada es de carácter mixta a través de seguimiento en redes sociales y en medios de comunicación sobre las diferentes formas de violencia contra las mujeres. Se ha empleado una investigación de tipo cualitativo y cuantitativo documentando casos concretos sobre esta problemática.
PALABRAS CLAVE
Violencia política, cargos de elección popular, estereotipos, violencia de género
7. SEGURIDAD URBANA: LINEAMIENTOS PARA AMÉRICA LATINA
URBAN SECURITY: GUIDELINES FOR LATIN AMERICA
Pedro Piedrahita Bustamante
Doctor en Derecho internacional / Profesor - investigador
Universidad de Medellín
RESUMEN
América Latina es la región en desarrollo más urbanizada en el mundo, cuenta con grandes ciudades que superan el millón de habitantes y con megaciuadades con más de 10 millones. Esta creciente urbanización genera un desafío para los gobiernos al momento de gestionar el espacio urbano, en particular, cuando queda inmerso bajo las lógicas de la violencia y el crimen organizado. En este sentido, el objetivo del artículo es establecer los lineamientos básicos de un modelo de seguridad urbana que puede ser aplicado a la realidad latinoamericana. La propuesta parte de la pregunta ¿cuáles son las prácticas sociales respecto a la forma de lo urbano? Y apunta a un análisis de la relación de los procesos sociales con el territorio, entendiéndolo como un espacio vivo y activo donde se desarrollan las interacciones sociales y organizativas. El modelo de seguridad urbana se desarrolla a partir de referentes como Harvey (2018) y Soja (2008) quienes coinciden en un enfoque geográfico a partir del cual se propone una intervención del espacio urbano que vaya más allá de los mecanismos coercitivos de los enfoques tradicionales de la seguridad utilizados en la región.
PALABRAS CLAVE
América Latina, seguridad urbana, seguridad ciudadana, violencia, crimen
8. EL INCREMENTO DE LA VIOLENCIA EN AMÉRICA LATINA
THE INCREASE OF VIOLENCE IN LATIN AMERICA
Gabriela L. Gusis
Docente de Derecho penal y Criminología
Universidad de Buenos Aires / Universidad Nacional de Avellaneda / Universidad Nacional de La Plata
RESUMEN
El trabajo se dirige a repensar las cuestiones estructurales de la violencia en la prisión, con particular énfasis en el análisis de las representaciones mediáticas de la prisión y los criminalizados desde una perspectiva teórico-práctica que parte del análisis crítico, con perspectiva latinoamericana.
Se plantean definir el marco teórico de la violencia en América latina y de la prisión desde una perspectiva sociológico-criminológica; y problematizar sobre las actuales condiciones de detención en especial, en los últimos años de Argentina.
Violencia - prisión - Latinoamérica- Criminología
9. POLÍTICA CRIMINAL Y FEMINICIDIO EN MÉXICO
CRIMINAL POLICY AND FEMINICIDE IN MEXICO
José Luis Gómez Tapia
Profesor investigador
Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo
Sara Irma Chávez Pérez
Profesora por asignatura
Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo
RESUMEN
Actualmente el feminicidio en México está tipificado bajo las modalidades de un tipo penal autónomo; especial; o complementado. Mas es evidente la problemática existente por la heterogeneidad de hipótesis positivadas para acreditar las “razones de género”; elemento normativo de índole jurídica, fundamental para distinguirlo de los demás tipos de homicidio; porque incorpora bajo la modalidad de razones de género, la mayoría de las calificativas establecidas para el homicidio: saña; odio; y ventaja; así como los concursos formal y material de los delitos de abuso sexual; hostigamiento sexual; violencia en los ámbitos familiar, laboral, escolar, sexual; discriminación; respeto a los cadáveres; actos de necrofilia; así como misoginia, homofobia, aversión a las mujeres, aversión obsesiva, celotipia, entre otros. Por ende es necesario revisar las razones de género en el marco del plexo normativo conformado por el bloque de constitucionalidad reformulado a partir de la reforma constitucional en materia de Derechos Humanos, del principio de legalidad estricta, de las garantías constitucionales del justiciable, de los principios que sustentan al derecho penal garantista así como en el marco de los límites al ejercicio del Ius Puniendi, en su dimensiones formal y material a fin de garantizar la tutela plena del bien jurídico protegido.
PALABRAS CLAVE
Feminicidio, violencia de género, razones de género, discriminación, estereotipos.
10. REFLEXIONES EN TORNO DE LA SUSPENSIÓN DEL PROCESO A PRUEBA EN CASOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
REFLECTIONS ON THE PROBATION IN CASES OF GENDER VIOLENCE
Gabriel E. Paramós
Docente de la Facultad de Derecho
Universidad de Buenos Aires
RESUMEN
En
el presente artículo me propongo reflexionar acerca de la aplicación de
soluciones alternativas al conflicto penal como la suspensión del proceso a
prueba (probation), en casos de violencia contra las mujeres/de género. Me
concentraré en las discusiones jurisprudenciales que han tenido lugar en la
Argentina, a partir del fallo "GÓNGORA"
de la Corte Suprema de Justicia. Los lineamientos que emergen de dicho
precedente, relativos al modo en que deben ser interpretadas las disposiciones
de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la
Violencia contra la Mujer, han obligado a los tribunales de jerarquía inferior
a realizar, en cada caso, un exhaustivo análisis que les permita determinar si
resulta o no procedente la suspensión del proceso a prueba, de conformidad con
la citada doctrina del Máximo Tribunal. Los aportes efectuados por estos
pronunciamientos al estudio de la cuestión, serán relevados a lo largo de este
trabajo.
PALABRAS CLAVE
Violencia – Mujeres – Género – Probation – Góngora
11. LA RESILIENCIA Y LA VIOLENCIA DE GÉNERO
RESILENCE AND GENDER VIOLENCE
Iván Espino Pichardo
Académico
Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo
Martha Gaona Cante
Investigadora
Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo
Roberto W. Zapata Durán
Investigador
Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo
Todos los casos de mujeres con incidentes de violencia emocional, al menos 54 de cada 100 declaran que los abusos psicológicos han ocurrido durante menos de la mitad del tiempo que tienen de vivir junto a su pareja; las mujeres que han experimentado el que su marido ponga en contra de ellas a los hijos o parientes, son 91 de cada 100; las que han sido acusadas por el marido de engañarlo son 78 de cada 100, y una proporción similar de mujeres han sufrido su enojo por no tener listo el quehacer, la comida o porque él cree que ella no cumplió con sus obligaciones; mientras que a 76 y 75 de cada 100 de las mujeres que han sido ignoradas por su pareja o marido, o que han sido amenazadas por él con dañarlas, quitarles a los hijos o correrlas, respectivamente.
Resiliencia, violencia de pareja, violencia emocional, abuso psicológico, mujeres
12. SOBRE LA INTERPRETACIÓN DEL DELITO DE FEMINICIDIO Y EL ENFOQUE DE GÉNERO: ANÁLISIS COMPARADO DE LA JURISPRUDENCIA PERUANA Y COLOMBIANA MÁS IMPORTANTE
ON THE INTERPRETATION OF THE FEMINICIDE CRIME AND GENDER MAINSTREAMING: COMPARED ANALYSIS OF THE MOST IMPORTANT PERUVIAN AND COLOMBIAN JURISPRUDENCE
Julio Rodríguez Vásquez
Profesor de Derecho penal
Pontificia Universidad Católica del Perú
Ingrid Díaz Castillo
Profesora de Derecho penal
Pontificia Universidad Católica del Perú
RESUMEN
El delito de feminicidio requiere para su interpretación de la incorporación del enfoque de género. Sobre el particular, la Corte Suprema de Justicia de la República de Perú ha realizado un primer -aunque no acabado- acercamiento a su integración a través del Acuerdo Plenario N° 001-2016/CJ-116; no obstante, en ordenamientos jurídicos como el colombiano, tanto la Corte Suprema de Justicia como la Corte Constitucional han integrado el enfoque de género al análisis penal de tal manera que les ha permitido comprender el alcance del delito de feminicidio, impactando en la interpretación de las instancias inferiores de la rama judicial. El presente artículo analiza las interpretaciones hechas en ambos contextos y presenta un balance comparativo en relación a la comprensión de los elementos del delito de feminicidio.
PALABRAS CLAVE
Violencia de género, Derecho penal, Feminicidio, interpretación, jurisprudencia
13. ORIGEN DEL COMPORTAMIENTO DELICTIVO EN LA VIOLENCIA DE GÉNERO
THE ORIGIN OF CRIMINAL BEHAVIOUR IN GENDER VIOLENCE
Sofía Belló Pérez
Médico Interno Residente de Psiquiatría
Hospital Obispo Polanco de Teruel
RESUMEN
La violencia de género se ha convertido en un problema social, sumando una cifra de hasta 70 víctimas mortales al año en España. A pesar de que se habla de ello constantemente en medios de comunicación, escasea la información acerca de qué origina este comportamiento violento. Siempre se ha admitido que una educación androcentrista es el punto de partida, no obstante no todos los hombres son violentos con las mujeres, esto es, debe existir algo más.
De esta duda ha nacido la presente revisión bibliográfica, en la que la hipótesis principal será la interacción entre factores sociales, neuroanatómicos y neuroendocrinos del ser humano. Se considera que en cada acto violento existe una interacción tanto entre la estructura anatómica de base de un cerebro violento, como la repercusión del ambiente social que se ha dado en el mismo y la interrelación hormonal en el sistema (testosterona, cortisol, serotonina, oxitocina, etc).
Violencia, Género, Androcentrismo, Factores Neuroanatómicos, Factores Neuroendocrinos
14. EL FEMICIDIO EN EL ECUADOR (2014-2017): UN ANÁLISIS DESDE LA ESTADÍSTICA FORENSE PARA IDENTIFICAR SUS POSIBLES CAUSAS
Emilio G. Terán Andrade
Investigador predoctoral
Universidad de Valencia / Università degli Studi di Palermo
RESUMEN
Uno de los delitos que han generado mayor connotación en América Latina, ha sido la violencia contra la mujer, especialmente el femicidio; es por ello, que el presente estudio muestra un análisis de los femicidios ocurridos en Ecuador desde su tipificación en el año 2014 hasta el 2017, para lo cual, se utilizarán métodos estadísticos para comprender dicho fenómeno. El estudio propone, en una primera parte un análisis descriptivo y cartográfico. En una segunda parte, la realización de cálculos estadísticos para determinar la autocorrelación espacial a través del Índice de Moran y de su versión local Lisa (Local Indicator of Spatial Association). Y en una tercera parte, la identificación de covariables demográficas, sociológicos y económicas para establecer la relación de estas, con la tasa de femicidios en el Ecuador.
Autocorrelación, femicidio, Índice de Moran, variable
15. MÉXICO, PAÍS FEMINICIDA
MÉXICO, FEMINICIDE COUNTRY
Martha Gaona Cante
Profa. Investigadora de
Tiempo Completo y mimbro del C.A.
Justicia Constitucional y Derechos Humanos
Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo
Roberto Wesley Zapata Durán
Prof. Investigador de Tiempo Completo / Líder del C.A. Justicia Constitucional y Derechos Humanos
Iván Espino Pichardo
Prof. Investigador y Presidente de la Asociación Civil
RESUMEN
En el mundo se habla de crisis: económica, política, del agua, ambiental, cambio climático; pero no se ha escuchado sobre la crisis de derechos humanos; su violación es constante y existe una normalización de esas violaciones.
El peor enemigo de los derechos humanos es ¡la indiferencia!, y en la violencia de género es especialmente manifiesta, a pesar de ser uno de los ejes sobre el cual gira la protección para las mujeres, tanto en tratados internacionales como en la legislación interna de los estados parte; además de ser el quinto objetivo de desarrollo sostenible en la Agenda a 2030.
ONU Mujeres ha emitido alerta roja para México desde el año 2018 por los 1420 feminicidios reconocidos por el Secretariado Ejecutivo, cometidos en ese año a julio de 2019 y el aumento de la violencia feminicida. Cifras no concordantes con el mapa del feminicidio elaborado por la mexicana María Salguero.
Violencia de género, violencia feminicida, feminicidio, impunidad, colectivos de mujeres
16. DELITOS SEXUALES Y ENFOQUE RESTAURATIVO EN DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS
SEXUAL OFFENCES AND RESTORATIVE APPROACH IN DEFENCE OF THE VICTIMS’ RIGHTS
Egberto Saldaña Guido
Defensor público de víctimas del delito
Órgano Judicial de la República de Panamá
RESUMEN
Por medio de la Ley 21 de 2018, se aumentan las penas de prisión en delitos sexuales. El estupro desapareció del escenario jurídico penal, surge una nueva figura llamada por la doctrina relaciones sexuales en condición de ventaja o consentidas. La sanción del tipo penal básico, a raíz del aumento, quedó de cuatro a seis años de prisión. La penalidad anterior permitía una salida al conflicto no punitiva o retributiva y esencialmente reparadora o restaurativa, conocida como la suspensión condicional del proceso, la cual es viable en delitos con una penalidad no superior a los tres años. La jurisprudencia ha permitido que se haga posible dicha salida alterna en delitos con pena superior a los tres años. En algunos casos se ha logrado convenir por los intervinientes, una medida reparadora para la víctima delimitada en su rehabilitación psicológica, a costas del victimario. Los ensayos iniciales de la medida de rehabilitación psicológica han sido favorables.
PALABRAS CLAVE
Relaciones sexuales en condición de ventaja, suspensión condicional del proceso, jurisprudencia, reparación, rehabilitación psicológica
17. EL MAL DENOMINADO DELITO DE GROOMING ONLINE COMO FORMA DE VIOLENCIA SEXUAL CONTRA MENORES. PROBLEMAS JURÍDICOS Y ASPECTOS CRIMINOLÓGICOS
THE MISNAMED OFFENCE OF ONLINE GROOMING AS A FORM OF SEXUAL VIOLENCE AGAINST MINORS. LEGAL PROBLEMS AND CRIMINOLOGICAL ISSUES
Diego J. Maldonado Guzmán
Investigador predoctoral
Universidad de Cádiz
RESUMEN
Las tecnologías de la información y la comunicación, especialmente internet, han constituido un nuevo espacio de oportunidad delictiva donde viejas conductas ilícitas, como los abusos sexuales a menores, han sabido trasladarse al mundo digital. Este hecho impulsó el nacimiento de normas internacionales que instan a los estados a emprender medidas contra tales conductas sexuales. Como consecuencia de ello, en el año 2010 España incorporó en su legislación penal el mal denominado delito de grooming online, cuya tipificación ha sido ampliamente criticada por la doctrina. El principal problema parece residir en la falta de coherencia entre la realidad criminológica del fenómeno y la respuesta jurídico-penal al mismo. El objetivo de este trabajo consiste en abordar ciertas características sobre el fenómeno para entender mejor las carencias en la previsión penal del llamado delito de grooming online.
PALABRAS CLAVE
Grooming online, abusos sexuales a menores, falsos mitos, aspectos criminológicos
18. PORNOGRAFÍA ALUSIVA A MENORES: DIFICULTADES PROBATORIAS
PORNOGRAPHY THAT ALLUDES TO MINORS: DIFFICULTIES TO PROVIDE PROBATIVE EVIDENCE
Virginia Soldino Garmendia
Personal Investigador en Formación
RESUMEN
El Código Penal español, tras la reforma operada por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, incorpora en su artículo 189.1 una definición de aquello que entiende el legislador como pornografía infantil. Siguiendo esta definición, podemos distinguir entre la pornografía infantil clásica (representaciones en que han intervenido menores reales, sin manipulación de imagen) y la pornografía alusiva a menores (aquella en cuya elaboración no se utiliza realmente a menores de edad, o estos son utilizados de forma indirecta). La pornografía alusiva a menores puede a su vez subdividirse en dos grupos: pornografía infantil técnica y virtual. Se trata de un nuevo tipo de pornografía infantil surgido a raíz de la evolución tecnológica y de la preocupación de los legisladores de todo el mundo por la necesidad de perseguir y sancionar toda conducta relacionada con la pornografía infantil. No obstante, la dificultad –o imposibilidad en muchas ocasiones− para determinar la edad real de las personas representadas en las imágenes investigadas ha derivado en una presunción iuris tantum que admite prueba en contrario y que en la práctica se materializa en una inversión de la carga de la prueba.
PALABRAS CLAVE
Pornografía infantil; derecho penal; criminología; delincuentes sexuales; estimación edad
19. EL CONCEPTO DE VIOLENCIA Y EL PROBLEMA DE LA “SUMISIÓN QUÍMICA” EN LOS DELITOS SEXUALES (A PROPÓSITO DE LA DISCUSIÓN EN ESPAÑA)
THE CONCEPT OF VIOLENCE AND THE PROBLEM OF “CHEMICAL SUBJUGATION” IN SEXUAL CRIMES (REGARDING THE DEBATE IN SPAIN)
Natalia Sánchez-Moraleda Vilches
Profesora Ayudante Doctora de Derecho penal
RESUMEN
El trabajo aborda los ataques a la libertad sexual cometidos anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas u otras sustancias similares. Esta práctica delictiva, conocida popularmente como “sumisión química”, se tipifica en el Código penal español como una clase de abusos sexuales. El objetivo que se pretende es estudiar si estas conductas, atendiendo a su gravedad y a la incapacidad provocada en el sujeto pasivo de expresar una voluntad y un consentimiento válido a través del empleo de sustancias que inciden en el sustrato físico de la persona, podrían de lege ferenda excluirse como modalidad de los abusos sexuales y contemplarse como supuestos de agresión sexual con violencia, o si más bien deberían introducirse en esta última infracción como una modalidad equiparada valorativamente.
PALABRAS CLAVE
Agresión sexual, abuso sexual, violencia, anulación de la voluntad, sumisión química
20. CIBERVIOLENCIA: ESCALADA DE LOS CONFLICTOS EN REDES SOCIALES
CYBERVIOLENCE: VIOLENCE ESCALATE IN SOCIAL NETWORK
Aura M. Bonilla-Bravo
Profesora
RESUMEN
Gracias al internet la humanidad vive una era donde se ha potenciado la globalización. Los medios de comunicación se volvieron más masivos y la sociedad vio llegar las redes sociales. En principio las redes sociales, fueron percibidas como una oportunidad para democratizar la información, sin embargo, como cualquier herramienta, las redes sociales han servido como instrumentos de algunas personas que les han dado usos aviesos a estas. Constantemente se pueden encontrar casos en que las redes son usadas como instrumento para diversas manifestaciones de violencia que buscan denigrar a las víctimas. Estos comportamientos cumplen con lo que se conoce como escalada de conflicto y quienes los llevan a cabo sienten seguridad de que sus actos no tendrán consecuencias legales (que existen) pues ven internet como un lugar sin límites en el que –según ellos- no pueden ser rastreados para asumir las responsabilidades de sus actos violentos.
PALABRAS CLAVE
Tecnología, redes sociales, acoso, ciberviolencia, escalada de conflicto
21. INCIDENTES LGTBIQ-FÓBICOS EN ESPAÑA: MÁS ALLÁ DE LOS DELITOS DE ODIO
LGBTI-PHOBIC INCIDENTS: BEYOND HATE CRIMES
María del Mar Martín Aragón
Profesora de Derecho penal
RESUMEN
De acuerdo con las últimas estadísticas del Ministerio del Interior, en 2017 se registraron en España 271 delitos de odio por razón de orientación o identidad sexual o de género, lo que supone una variación del 17,8% respecto al año 2016. Sin embargo, hay una importante tasa invisibilizada de incidentes que por no cumplir con los requisitos exigidos por el tipo penal no se reflejan en las estadísticas oficiales. En este sentido, una reciente investigación realizada por Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans y Bisexuales ha revelado la existencia de 629 incidentes sufridos por personas pertenecientes al colectivo LGTBIQ denunciados por diferentes asociaciones. Precisamente esta cifra invisibilizada por las estadísticas oficiales, es la que se pretende rescatar con el término “incidente LGTBIQ-fóbico”, que incluiría cualquier tipo de comportamiento que implique una ataque contra este colectivo en un sentido amplio.
PALABRAS CLAVE
Delitos de odio - LGTBIQ - Incidente LGTBIQ-fóbico – Colectivos vulnerables - Violencia
22. PEQUEÑAS ACCIONES, GRANDES REPERCUSIONES: REVERSIBILIDAD DE LA VIOLENCIA A DIVERSOS COLECTIVOS
SMALL ACTIONS, BIG REPERCUSSIONS: REVERSIBILITY OF VIOLENCE TO DIFFERENT COLLECTIVES
Palmira Peláez Fernández
Profesora – Tutora de Derecho
RESUMEN
No hay mayor violencia que la que no se reconoce, y esto ocurre con la que está asentada en la sociedad sobre colectivos especialmente vulnerables. Por ello, el reconocimiento a través de diversas acciones, como puede ser que los medios de comunicación se hagan eco de noticias como las analizados en esta propuesta, refleja que existen situaciones del pasado que no tienen por qué quedarse ancladas en el presente; y que estas pueden ser reversibles.
En esta comunicación se pretende analizar el hecho de que acciones de violencia contra colectivos vulnerables, hayan conseguido ser denunciadas y además determinados medios de comunicación las hayan considerado de especial relevancia para su difusión.
Así, analizaremos a través de un brevísimo análisis el hecho que ha dado lugar a la noticia que supone una vulneración de derechos humanos, la repercusión que esto ha tenido y los diferentes medios de comunicación que las han recogido.
PALABRAS CLAVE
Violencia, vulnerabilidad, medios de comunicación, género, discapacidad23. O ESTATUTO DE VÍTIMA NA VIOLÊNCIA DOMÉSTICA. A ATRIBUIÇÃO DO ESTATUTO DE VÍTIMA ÀS CRIANÇAS QUE VIVEM O CRIME
THE VICTIM’S STATUS IN DOMESTIC VIOLENCE. ATTRIBUTING VICTIM STATUS TO CHILDREN LIVING VIOLENCE CRIME
Rita Figueiredo Reis Rola
Professora Auxiliar Convidada
Madalena Sofia Oliveira
Professora Auxiliar Convidada
RESUMO
Em Portugal atribui-se o estatuto de vítima a todas as vítimas do crime de violência doméstica nos termos da Lei 112/2009 de 16 de Setembro. Esta lei esquece-se das crianças e não lhes atribui a proteção que se impõe. Mais que uma omissão que viola a Convenção de Istambul, esta é uma situação que não protege as crianças, ignora a violência que os mesmos sofrem quando assistem casos de violência doméstica e influencia o decurso dos processos crime. Alterar este estado, de acordo com o estipulado na Convenção de Istambul, que estabelece que é necessário reconhecer “que as crianças são vítimas de violência doméstica, principalmente como testemunhas de violência doméstica” é decisivo para a proteção dos processos crime e de todas as vítimas. Esta comunicação pretende contribuir para a alteração da lei relativamente às crianças quando vivem neste contexto, algo que permitirá prevenir não só as agressões que as crianças experienciam, mas também toda a violência que é gerada neste contexto.
PALAVRAS CHAVE
Violência doméstica, crianças, vítimas, exposição à violência, guarda alternada24. PREDICTORES DE VULNERABILIDAD EN VÍCTIMAS QUE SUFREN VIOLENCIA SEVERA CONTRA LA PAREGA EN FUNCIÓN DE LA TIPOLOGÍA DE SU AGRESOR
VULNERABILITY CHARACTERISTICS OF THE VICTIM THAT PREDICT SEVERE INTIMATE PARTNER VIOLENCE ACCORDING TO THE TIPOLOGY OF THE AGGRESSOR
Raúl Aguilar Ruiz
Policía de la Generalitat/ Criminólogo/ Psicólogo
María José González-Calderón
Profesora Contratada Doctora de Psicología
RESUMEN
Este estudio analiza la información recogida mediante el Cuestionario Policial de Valoración del Riesgo (CPVR) respecto de 722 denuncias presentadas en Cataluña (España) en el 2017. Se comparó dos grupos de víctimas, aquellas maltratadas por agresores antisociales (n=318) frente a aquellas cuyos maltratadores solo agreden en el ámbito familiar (n=404). Los resultados de la prueba de árboles de regresión indican que el miedo a ser agredida y la minimización del maltrato son los principales predictores de VCP-S en las víctimas de agresores solo en familia, mientras que en las víctimas de maltratadores antisociales el miedo a ser agredida es el mejor predictor de esta clase de violencia. Es necesario incorporar en las herramientas de evaluación del riesgo de VCP-S la percepción de la mujer sobre el riesgo de ser asesinada, e informar a las víctimas de agresores solo en la familia del peligro de minimizar y justificar el maltrato.
PALABRAS CLAVE
Feminicidio, víctimas, violencia contra la pareja, vulnerabilidad, maltratadores
25. LA TUTELA PENAL DE LOS MENORES COMO VÍCTIMAS Y TESTIGOS DE LA VIOLENCIA FAMILIAR EN ESPAÑA
THE PENAL GUARDIANSHIP OF CHILDREN AS VICTIMS AND WITNESSES OF FAMILY VIOLENCE
Ángela Casals Fernández
Profesora Colaboradora Doctora –Internacional- de Derecho Penal y Penitenciario
RESUMEN
La violencia es uno de los fenómenos de mayor preocupación de la sociedad actual y afecta con similar intensidad a todos los países, con independencia de su grado de desarrollo. Durante siglos la violencia se ha ejercido en el seno de la familia sin que ello provocara ningún tipo de reacción estatal, por considerar que cualquier problema ocurrido en el ámbito doméstico debía gozar de la privacidad propia del entorno familiar. En este estudio de perspectiva penal nos centraremos en la figura del menor como víctima y como testigo en los delitos de violencia de género y familiar en España. Es por ello que analizaremos la medidas de protección a la infancia y la adolescencia así como los instrumentos jurídico penales con los que se hace frente a este tipo de delitos invisibles. Además de tener en cuenta las consecuencias de su victimización recogida dentro de la novedosa Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
PALABRAS CLAVE
Menos de edad; Violencia de género; Protección del menor; Violencia familiar; Víctimas